Es por todos conocidos el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, popularmente conocido como ‘’la renta’’. Sin embargo, el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes o IRNR es un tributo mucho más desconocido. Lo que está claro es que cualquier trabajador que perciba un sueldo en territorio español debe pagar impuestos. Es aquí donde entra en escena el modelo 216, un modelo de especial importancia para las empresas y trabajadores que no residen en España. De esta forma, para aquellos trabajadores que no residen en España o que han sido desplazados por sus empresas a trabajar fuera de nuestro país, es de vital importancia conocer en profundidad el modelo 216.
En este post detallaremos qué es el modelo 216, quién debe presentarlo y todos sus entresijos para cumplir escrupulosamente con el pago de impuestos y no tener ningún problema con Hacienda.
El modelo 216 es un formulario a través del cual se declararán los ingresos retenidos y las rentas obtenidos por aquellos trabajadores que no residan en España y que no tengan su establecimiento permanente en nuestro país. Así pues, este modelo es fundamental a efectos del pago del Impuestos sobre la Renta de los No Residentes o IRNR.
De igual importancia es conocer qué grava y en qué consiste el IRNR. Así pues, el IRNR es un tributo que deberán pagar aquellos trabajadores que hayan obtenido alguna renta, tanto en dinero como en especie, dentro del territorio español.
Como es evidente, deberán presentar el modelo 216 los obligados a pagar el IRNR. A efectos de tributar por IRNR, es de vital importancia qué criterio sigue la Agencia Tributaria para declarar quiénes son residentes o no residentes en territorio español.
Será residente en territorio español cualquier persona físico jurídica que cumpla con los siguientes requisitos:
De acuerdo con este criterio, aquellas personas físicas o jurídicas que no cumplan con los anteriores requisitos serán considerados como no residentes en territorio español y, por tanto, estarán obligados a tributar por IRNR y a presentar el modelo 216.
Hemos adelantado que serán los no residentes en España los obligados a tributar por IRNR a través de la presentación del modelo 216. No obstante, es necesario profundizar en esta cuestión. Así pues, deberán tributar por IRNR las siguientes personas:
A la hora de rellenar el modelo 216 es necesario tener en cuenta ciertos aspectos. Son los siguientes:
El modelo 216 deberá presentarse de forma trimestral durante los primeros 20 días de cada trimestre, excepto en el caso de las grandes empresas, las cuales estarán obligadas a presentar este modelo mensualmente. Así pues, los plazos que se deberán respetar son los siguientes:
Es fundamental tener en cuenta toda esta información para presentar de forma correcta el modelo 216, respetando los plazos y la forma que este ha de observar. Además, es fundamental conocer si debemos tributar por este impuesto o no.
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