Estatuto de los Trabajadores: ¿Qué es y cómo funciona?

por TICTAC Software

Son muchas las referencias que, casi a diario, escuchamos sobre el Estatuto de los Trabajadores. Sin duda, es quizá la norma más importante en el ámbito de las relaciones laborales. No obstante, muchos no conocen qué es este código y cómo funciona. Por ello, en este post detallaremos qué es y cómo funciona el Estatuto de los Trabajadores y cuáles son sus partes más importantes.

¿Qué es el Estatuto de los Trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores es un código legislativo, una norma jurídica, que resulta de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena que prestan sus servicios a una empresa. Así pues, el Estatuto de los Trabajadores regula la relación laboral que, en virtud de un contrato de trabajo, une a un trabajador con una empresa.

El Estatuto de los Trabajadores, a pesar de ser la norma más importante de regulación de las relaciones laborales, no deja de ser una norma de mínimos. Esto quiere decir que el Estatuto de los Trabajadores establece el límite inferior de la relación entre un trabajador y un empresario y que en ningún caso se podrá rebasar. Como es evidente, al tratarse de una norma de mínimos, hay muchas materias que no encuentran regulación en el Estatuto de los Trabajadores y se encuentran reguladas en otras fuentes del Derecho Laboral. En cualquier caso, la jerarquía en la regulación de las relaciones laborales es clara: en primer lugar, se acudirá al contrato de trabajo; en segundo lugar, al convenio colectivo y, por último, al Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué materias regula el Estatuto de los Trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores regula la relación entre la empresa y sus empleados. No obstante, su función principal es proteger a la parte con menos poder en esa relación laboral: al empleado. Es el trabajador quien, de forma natural, se encuentra en una situación de desventaja respecto a la empresa. Sin embargo, esto no significa que el Estatuto de los Trabajadores beneficie a toda costa a los trabajadores, pues establece obligaciones y derechos para ambas partes, empresa y empleado.

¿A quién afecta y a quién no lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores?

Como ya hemos adelantado, el Estatuto de los Trabajadores regula la relación existente entre el trabajador y la empresa, por lo que no es de extrañar que ambas partes estén obligadas por las disposiciones de esta normativa. Sin embargo, lo establecido en el Estatuto no se aplica a todos los trabajadores, tan solo a los trabajadores por cuenta ajena, es decir, a aquellos que prestan sus servicios de forma voluntaria para un empresario o para una empresa.

El Estatuto de los Trabajadores no se aplicará en los siguientes casos:

  1. Trabajadores por cuenta propia o trabajadores autónomos. Aunque las disposiciones del Estatuto no se aplicarán a los trabajadores autónomos, sí que se aplicará a los trabajadores autónomos económicamente dependientes, si bien no a todos.
  2. Ciertos colectivos concretos tales como artistas o deportistas de alto rendimiento o de élite.
  3. Funcionarios públicos. En este caso, la relación laboral del funcionario público con la Administración Pública estará regulada por el EBEP o Estatuto Básico del Empleado Público.
  4. Trabajadores que prestan sus servicios en el extranjero pero que están contratados por empresas españolas. Sin embargo, las empresas extranjeras cuyos trabajadores presten sus servicios dentro de nuestro país, sí estarán obligadas a cumplir con las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores.

El contenido del Estatuto de los Trabajadores: sus partes y disposiciones más importantes

El Estatuto de los Trabajadores regula materias de gran importancia en las relaciones laborales, como la negociación, la representación y el conflicto colectivo. Además, regula cuestiones relativas a la duración de la jornada laboral y los descansos a los que tienen derecho los trabajadores. A pesar de que son muchas las materias importantes reguladas en las normas jurídicas, quizá las que más dudas susciten sean las siguientes.

Jornada laboral y descansos

La ley establece que, como máximo, la jornada laboral de un trabajador será 40 horas semanales o lo que establezca el Convenio Colectivo —siempre que no se supere ese límite máximo—. No obstante, será posible la distribución irregular de la jornada laboral a lo largo del año siempre que esté previsto en el Convenio Colectivo.

Los descansos son de gran importancia. De hecho, es obligatorio que entre una y otra jornada laboral haya, al menos 12 horas de descanso. Además, cuando la jornada laboral exceda de 6 horas de duración, será obligatoria una pausa de, al menos, 15 minutos para el trabajador.

Derechos de los trabajadores

Los trabajadores tendrán los siguientes derechos:

  • Promoción interna,
  • Formación en el trabajo,
  • No ser discriminados por razones de sexo, edad, origen, ideología, religión u orientación religiosa,
  • A la integridad física a través de una correcta política de seguridad e higiene,
  • A la dignidad e intimidad,
  • A ejercitar las acciones individuales y judiciales que puedan ejercer en virtud de sus contratos,
  • A ser remunerados de acuerdo con lo pactado al contrato laboral.

Prohibiciones

Hay algunas prácticas prohibidas. Son las siguientes:

  • Trabajo para los menores de 16 años (aunque existen algunas excepciones),
  • Realizar horas extraordinarias por menores de 18 años,
  • Prohibido el trabajo nocturno para los menores de 18 años.

Sin duda, es de gran importancia conocer nuestros derechos y obligaciones como trabajadores o empresarios y seguir al pie de la letra lo que el Estatuto de los Trabajadores establece, de forma que se creen relaciones laborales de calidad, sanas y legales.

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